Quedó firme la condena al hijo de Pappo por violencia de género

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Luciano Napolitano, el hijo de Pappo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a tres años y ocho meses de prisión para Luciano Napolitano, hijo del fallecido músico Pappo, por hechos de violencia de género contra su ex pareja, Mariel Oleiro (33).

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó la presentación de la defensa por inconsistencias formales en el reclamo.

Según consta en el expediente, el 21 de noviembre de 2020 Napolitano agredió y amenazó a su ex, luego de hostigarla y denigrarla, utilizando un arma de fuego tipo revólver calibre .38.

El episodio culminante se produjo el 24 de mayo de 2021, cuando la ex pareja se encontraba en la vivienda de Benavidez. De acuerdo con la denuncia, Napolitano la tomó del cuello y le provocó dificultad para respirar, mientras emitía mensajes amenazantes debido a su condición de género.

El proceso judicial desembocó inicialmente en una condena por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas, privación ilegal de la libertad agravada y tenencia de arma de guerra. La sentencia fue resultado de un juicio abreviado ante el Juzgado en lo Correccional 4 de San Isidro, a partir de un acuerdo entre la defensa y la fiscalía.

Durante la causa, Napolitano estuvo privado de libertad durante un año y medio, primero en un centro penitenciario y luego bajo prisión domiciliaria. En diciembre de 2023 recuperó la libertad luego de que la Cámara de Garantías de San Isidro revisara el caso y lo absolviera. Los jueces Juan Eduardo Stepañiuc y Leonardo Gabriel Pitlevnik fundamentaron la absolución en que “no se podía alcanzar el grado de certeza necesario para afirmar categóricamente que Napolitano sea culpable del hecho”, y señalaron que la versión del imputado no contradice otros elementos probatorios.

El Ministerio Público y la querella apelaron esa decisión, y en diciembre de 2024 la Suprema Corte de Justicia bonaerense revocó la absolución, restableciendo la condena original. El tribunal provincial argumentó que la Cámara actuó de manera fragmentaria al seleccionar solo las pruebas que avalaban la absolución, soslayando el análisis integral de la causa.

Finalmente, la defensa intentó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revisara el fallo, pero el máximo tribunal desestimó el recurso de queja por incumplimiento en las formalidades de la presentación.

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