Condenaron a un hombre que forzó a una adolescente a tener una relación cuando era menor de edad y abusó sexualmente de ella

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Durante casi una década, la víctima fue sometida a coacción, dependencia afectiva y amenazas, resultando en dos hijos producto de la relación forzada

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín condenó a 10 años de prisión a José Rolendio Polo, acusado de trata de personas con fines de explotación sexual. El fallo, que también ordena una indemnización de 38 millones de pesos a la víctima y la inclusión del material genético del condenado en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos de integridad sexual, responde a una década de sometimiento y abuso que comenzó cuando la víctima era menor de edad.

El juez José Antonio Michilini, quien actuó de manera unipersonal, consideró probado que Polo, entre 2011 y 2020, recibió y acogió a la víctima, quien fue ofrecida por su madre, y abusó de su estado de vulnerabilidad y minoría de edad para explotarla sexualmente.

El magistrado subrayó que la denominada “unión de hecho”, impuesta por el acusado, no constituyó una relación afectiva libremente elegida, sino que representó una forma contemporánea de servidumbre matrimonial o “matrimonio forzado”, reconocida en el artículo 145 ter del Código Penal como manifestación de explotación.

Añadió que “la víctima, siendo menor de edad y careciendo de autonomía económica, social y familiar, fue privada de la posibilidad real de autodeterminar su proyecto de vida, sometida a la voluntad del acusado mediante mecanismos de coacción, dependencia afectiva inducida y explotación sexual prolongada en el tiempo”.

La investigación se inició el 28 de junio de 2022, cuando la víctima, hoy de 29 años, denunció los hechos ante la línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata.

En su declaración, la mujer relató que, a los 10 años, llegó desde Formosa para vivir con un tío en el barrio Marabó de General Rodríguez, provincia de Buenos Aires. Allí, Polo residía con su esposa y siete hijos. La víctima detalló que, a los 12 años, su madre la envió a convivir con un hombre adepto al rito umbanda, quien intentó abusar de ella. Tras regresar con su madre, fue obligada a prostituirse con familiares y conocidos, bajo la amenaza de que, si se negaba, sus hermanos menores no tendrían alimento.

El fiscal general Alberto Adrián María Gentili, a cargo de la Fiscalía General N°2 ante los Tribunales Orales de San Martín, sostuvo en su alegato que el proceso juzgado constituyó “una suerte de compra de una persona menor de edad por un precio, con la finalidad de someterla a una unión forzosa asimilable a un matrimonio o a un concubinato con todo lo que ello importa en orden al agravio adicional y específico a la libertad sexual de la víctima, al concretarse aquella expectativa de explotación”.

Gentili remarcó que, durante buena parte de ese proceso, la víctima era menor de edad y que la conducta imputada debía agravarse por la vulnerabilidad de la joven, determinada tanto por su edad y género como por su condición socioeconómica y la intervención de su madre en la entrega material al victimario a cambio de dinero o bienes.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín consideró probada la explotación sexual y la servidumbre matrimonial impuesta a la víctima desde su minoría de edad

En 2011, poco antes de que la víctima cumpliera 15 años, su madre acordó con Polo, entonces de 45 años, que mantuviera relaciones sexuales con la adolescente a cambio de dinero y mercadería. Como resultado de uno de esos encuentros, la joven quedó embarazada. Su madre intentó que abortara y, ante la negativa, la envió a vivir con un pariente, aunque luego regresó al domicilio materno. Cuando nació su primer hijo, Polo le dio su apellido y comenzó a manipularla psicológicamente, asegurándole que “nadie iba a estar con ella porque tenía 15 años y un bebé”.

Durante casi 10 años, la joven mantuvo una relación forzada con Polo, de la que nacieron dos hijos. En 2020, al comenzar a resistirse, el hombre la agredió y, tras reiteradas amenazas de muerte, llegó a incendiar la vivienda donde la mujer residía con sus hijos de tres y nueve años.

La defensora pública coadyuvante de víctimas, Dolores Neira, solicitó una reparación integral de 42.530.400 pesos por daño moral y 2.470.000 pesos por daño emergente, actualizados según la tasa del Banco Nación.

Finalmente, el juez fijó la indemnización total en 38 millones de pesos. Además, dispuso el decomiso de un teléfono celular utilizado por el imputado y la extracción de material genético para su inclusión en el registro nacional correspondiente.

La defensa de Polo negó los hechos y pidió la absolución, pero el tribunal avaló la acusación del Ministerio Público Fiscal. Mientras tanto, la madre de la víctima, dos tíos y una hermana continúan bajo investigación por la Justicia Federal de Mercedes, mientras que la sentencia contra Polo se alinea con el pedido del fiscal Gentili, quien también requirió el resarcimiento económico y la extracción de material genético del condenado.