Qué provincias o ciudades argentinas cuentan con leyes o reglamentaciones contra los trapitos

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La figura del “trapito” o “cuidacoches” se convirtió en parte del paisaje urbano y, al mismo tiempo, en un desafío, tanto para los gobiernos locales como para la ciudadanía.

El debate sobre el rol de esta figura se reavivó con la última aprobación de la denominada Ley Antitrapitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En este punto, y si bien muchas provincias dependen de las ordenanzas municipales o de su propio Código Contravencional, ¿qué provincias o ciudades cuentan con reglamentaciones específicas que le hagan frente a esta problemática?

CABA

En la última sesión ordinaria, la Legislatura porteña aprobó la Ley 6961, que endurece las sanciones contra los “trapitos” y limpiavidrios en la vía pública. La reforma, impulsada por el jefe de Gobierno Jorge Macri y por La Libertad Avanza a través de un proyecto unificado en comisiones, incorpora multas que superan los 6 millones de pesos y penas de hasta dos meses de cárcel. La nueva normativa responde a la persistencia de la problemática: entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se registraron 13.149 contravenciones vinculadas a esta actividad.

La ley mantiene la figura en el ámbito de las contravenciones, pero introduce la posibilidad de detención efectiva. Las penas varían según la gravedad: de 10 a 30 días de arresto para cuidacoches ilegales, y de 20 a 50 días para quienes actúen en eventos masivos de forma organizada. Los jefes de redes enfrentan hasta 60 días de prisión, y las penas se duplican si hay violencia, intimidación o desigualdad de género. Además, la reforma amplía la cobertura y duración de los controles en eventos, y prevé sanciones más severas para instituciones que faciliten la actividad.

En el plano económico, las multas pasan de un piso de 50.000 pesos a un mínimo de 1.139.988 pesos, llegando hasta más de 6,6 millones. También se incrementan los días de trabajo comunitario y se establece la inhabilitación para acceder a beneficios sociales en casos de reincidencia organizada. La ley otorga nuevas herramientas a la Policía de la Ciudad para actuar de manera inmediata frente a las infracciones y busca desalentar tanto la organización como la tolerancia institucional hacia los “trapitos” y limpiavidrios en el espacio público.

La Legislatura porteña aprobó una nueva Ley contra la actividad de cuidacoches y trapitos

Córdoba

A mediados de abril, el Gobierno de Córdoba promulgó la Ley 11.117, que prohíbe la actividad de cuidacoches (conocidos localmente como “naranjitas”), limpiavidrios no autorizados y las carreras de picadas. La normativa, que reforma el Código de Convivencia provincial, establece penas de arresto de hasta seis días y nuevas figuras contravencionales para quienes ejerzan estas actividades sin permiso municipal. La ley fue publicada en el Boletín Oficial y comenzará a regir treinta días después de su publicación.

Entre las principales disposiciones, la normativa fija arresto de seis días para quienes exijan dinero por estacionamiento sin autorización, y tres días para quienes excedan la tarifa oficial o trabajen en zonas no habilitadas, incluso si cuentan con permiso. Las agravantes incluyen reincidencia, actuación en grupo, uso de menores y explotación de personas vulnerables, lo que puede derivar en sanciones más graves. Para los limpiavidrios, la sanción también aplica si ofrecen su servicio sin autorización.

La ley obliga a los municipios a adaptar sus ordenanzas y redefine el rol policial, otorgando a la Policía la facultad de constatar hechos y aplicar medidas preventivas, mientras que el Ministerio Público Fiscal asume la responsabilidad de la investigación contravencional. Además, la normativa incorpora programas de capacitación, reinserción e inclusión social destinados a quienes realicen estas actividades, y habilita a los municipios a crear registros de trabajadores autorizados.

Desde la Policía de Córdoba indicaron que, desde la promulgación de la normativa, ya detuvieron a más de 320 personas. “Desde la entrada en vigencia de la Ley Provincial N.º 11.117, personal policial concretó más de 320 detenciones vinculadas a la presencia de limpiavidrios y cuidacoches no autorizados, tras los operativos desplegados en distintos puntos de Córdoba”, indicaron desde el cuerpo.

Santa Fe

En mayo, el Concejo Municipal de Santa Fe aprobó la prohibición de la actividad de cuidadores y lavadores de vehículos en la vía pública, derogando así la ordenanza Nº 12.635, vigente desde 2019. Según informó la propia Municipalidad de Santa Fe, la nueva normativa elimina el registro y la credencial obligatoria que hasta ahora regulaban la tarea de los conocidos como cuidacoches.

La decisión se formalizó durante la sesión legislativa, donde el Departamento Ejecutivo Municipal manifestó que “la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe no puede permitir la apropiación ilegal del espacio público”. En ese mismo documento, el Ejecutivo subrayó que “es prioridad ordenar y pacificar la ciudad, siendo esta medida fundamental para lograr dicho cometido”.

La flamante ordenanza, impulsada por el concejal Carlos Suárez, añade un artículo que establece sanciones para quienes incumplan la prohibición. En caso de detectarse la actividad, los infractores quedarán sujetos al régimen sancionatorio de las leyes provinciales Nº 10.703, Nº 13.744 y concordantes. De acuerdo con lo votado, un inspector debe informar a la persona sobre la prohibición. Si esta persiste en la tarea, el inspector podrá solicitar apoyo policial para detener al infractor.

Si el cuidador de vehículos se encuentra en estado de ebriedad u otra situación agravante, también puede aplicarse el Código de Faltas/Convivencia provincial. La medida deroga el sistema anterior que preveía un registro y la entrega de credenciales, instaurado en 2019 mediante la ordenanza Nº 12.635.

Algunas ciudades cuentan con ordenanzas en específico

A nivel provincial y a comienzos de este mes, Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó con modificaciones el proyecto que regula y sanciona la actividad de cuidacoches y “trapitos”. El texto introduce cambios respecto a la versión original del Senado y por eso deberá regresar a la Cámara Alta, que definirá su redacción final.

La iniciativa incorpora nuevas figuras al Código de Convivencia provincial y establece sanciones para quienes exijan de manera intimidatoria dinero por el uso del espacio público para estacionamiento u otras tareas relacionadas. Las penas incluyen prohibición de concurrencia de hasta 60 días, que se extiende a 120 días en casos agravados, y la posibilidad de reemplazar sanciones por trabajo comunitario.

Además, el proyecto otorga a los municipios el control de la acción pública contravencional y habilita la intervención policial para desalojar a los infractores. También incorpora un abordaje social, al obligar al Poder Ejecutivo provincial a desarrollar políticas de prevención e inclusión para las personas que realizan esta actividad.

En el resto del país

El jueves pasado, el Concejo Deliberante de Trelew aprobó por unanimidad la ordenanza que prohíbe la actividad de los denominados “trapitos” o limpiavidrios en el ejido de la ciudad. La normativa, que debe ser promulgada para entrar en vigencia, recibió el respaldo de todos los concejales presentes, con la única ausencia del edil Rubén Cáceres.

El texto aprobado establece que queda prohibida en todo Trelew la acción de impedir u obstaculizar la circulación vehicular en la vía pública mediante la actividad de limpia vidrios, independientemente de si existe consentimiento del automovilista o si se exige retribución económica. La medida apunta a resguardar la libertad de circulación y proteger el uso adecuado del espacio público y privado, según el articulado de la ordenanza.

De acuerdo con lo debatido en el recinto, el objetivo principal es evitar situaciones de presión o riesgo para la seguridad vial en la ciudad de Trelew. La normativa se aplicará en todas las calles y avenidas del ejido urbano, abarcando tanto el centro como los barrios.

La decisión del cuerpo legislativo se enmarca en una tendencia nacional de distintos municipios que buscan regular el uso del espacio público y garantizar la seguridad de conductores y transeúntes. La ordenanza entrará en vigencia una vez que sea promulgada por las autoridades ejecutivas locales.

En 2018, el Senado de Mendoza sancionó en octubre de 2018 el nuevo Código Contravencional de la provincia, que establece la prohibición de la actividad de “trapitos” y “limpiavidrios” en la vía pública. La norma, aprobada por 20 votos a favor y sin votos en contra, contempla multas, trabajo comunitario o arresto para quienes incumplan la prohibición.

De hecho, los agentes de la Policía de Mendoza pueden aprehender sin orden judicial a quienes sean sorprendidos cometiendo infracciones en flagrancia o se den a la fuga después de intentar o realizar una contravención. La denuncia puede presentarse ante autoridades policiales, municipales o judiciales, y debe ser identificada fehacientemente.

Provincias y ciudades del interior cuentan con normas, ordenanzas y leyes

En la ciudad de San Luis, el Concejo Deliberante de dicha ciudad sancionó el año pasado la ordenanza Nº II-1077-2025, que prohíbe en todo el ejido urbano la actividad de lavado, estacionamiento y cuidado de vehículos en la vía pública a cambio de retribución económica. La medida busca garantizar la seguridad de automovilistas y peatones, así como el correcto uso del espacio público.

La normativa establece que quienes ofrezcan estos servicios, o los titulares de vehículos que los contraten, serán sancionados con multas de entre 200 y 500 unidades monetarias municipales, además de las sanciones que pudiera determinar la justicia contravencional u ordinaria. En caso de reincidencia, las penas se duplican. Si el infractor es menor de edad, la sanción recae sobre padres o tutores.

El texto aprobado dispone la intervención de la Defensoría de Menores y la Policía de la Provincia de San Luis ante la participación de niños y adolescentes en estas actividades. Además, prevé la implementación de un sistema de denuncias anónimas a través del teléfono 147 y la articulación con organismos provinciales y nacionales para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad social.

La ordenanza también impulsa un programa de capacitación en oficios destinado a quienes se encuentren en situación de exclusión, con el objetivo de promover su inclusión social y laboral. Las autoridades municipales podrán celebrar convenios con universidades e instituciones educativas para llevar adelante estas acciones.

En la ciudad de Neuquén rige la Ordenanza Municipal N° 15118 que prohíbe la actividad de los limpiavidrios, cuidacoches y trapitos. Y en el cual las multas tienen un piso de más de 17 mil pesos.

La problemática hace tiempo que es una realidad en el país, pero se aborda cada vez más, con nuevas ordenanzas, leyes y normas.