Reactivaron la causa por la contaminación del río Paraná y ordenaron indagar a funcionarios y directivos de una empresa

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La causa se inició en 2014 por una denuncia de vecinos sobre contaminación en el Río Paraná

La causa por la contaminación del río Paraná sumó un reciente avance luego de que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario hiciera lugar al pedido que la fiscalía había hecho en 2023 para indagar a directivos de la empresa agroquímica Atanor S.A., y a funcionarios provinciales, por su presunta responsabilidad.

La causa que lleva más de 10 años en curso, se inició por el reclamo de un grupo de vecinos de San Nicolás de los Arroyos solicitara una investigación sobre la firma por la posible comisión de delitos contra la salud pública, en la zona de los barrios Química y Ponce de León. Los reclamos indicaban que la planta local de Atanor S.A. —dedicada a vender productos para la protección de cultivos— “generaba escapes de gas, vertía efluentes líquidos contaminantes al río Paraná, tendía caños clandestinos, enterraba residuos tóxicos en las barrancas del río y las regaba con líquidos contaminados”.

Luego de idas y vueltas ocurridas entre 2022 y 2023, los camaristas finalmente hicieron lugar al pedido del fiscal federal Matías Di Lello, a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás de los Arroyos, y la querella —en representación de los vecinos—. La primera solicitud había surgido en mayo de 2023 ante el juez Carlos Villafuerte Ruzo, sobre los directivos de Atanor, cinco del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y tres presidentes de la Autoridad del Agua.

El fiscal responsabilizó a los representantes de la firma química de haber contaminado hasta el 16 de julio de 2020, el curso del río Paraná, sus barrancas, el suelo y el aire, mediante “el esparcimiento de partículas en el ambiente y el vuelco de efluentes al río, los que contenían residuos peligrosos categorizados”.

Respecto a los directores ejecutivos del organismo provincial de control, consideró que habían “incumplido con la misión y función impuesta a los funcionarios de dicho organismo”, encargados de fiscalizar, ejecutar la política ambiental, preservar los recursos naturales, y desarrollar acciones de control sobre los elementos que pudieran causar la contaminación del ambiente.

Finalmente citaron a indagatoria a funcionarios provinciales y directivos de la firma Atanor S.A.

A los titulares del ente provincial de control se les atribuyó no haber cumplido con las obligaciones establecidas en el Código de Aguas, particularmente respecto a la reglamentación, supervisión y vigilancia de las actividades y obras vinculadas al estudio, captación, uso, conservación y evacuación del recurso hídrico. Según Di Lello, “se abstuvieron de actuar con el objeto de procurar la preservación del agua y para la protección del medio ambiente y de los bienes públicos y privados del impacto dañoso del agua”.

El 2 de octubre de ese año, el juez decidió que no avanzaría con las citaciones requeridas por la fiscalía y la querella hasta que el tribunal de Alzada resolviera las impugnaciones que aún estaban pendientes.

Transcurridos casi tres años, la jueza Silvina María Andalaf Casiello resolvió que correspondía hacer lugar a las apelaciones y citó a los imputados a prestar declaración indagatoria, de acuerdo a la información indicada por el Ministerio Público Fiscal. Además, indicó que la instrucción de la causa permanece delegada desde hace once años y que el magistrado a cargo, Villafuerte Ruzo, no la reasumió, lo que llevó a la intervención de la Cámara.

La jueza sostuvo que, ante los pedidos reiterados de llamados a indagatoria, diferidos o rechazados previamente, correspondía dar curso a los recursos de apelación y disponer el llamado de los imputados, tal como lo solicitaron la fiscalía y la querella.

Luego de la denuncia radicada por los residentes se determinaron una serie de análisis químicos los cuales detectaron atrazina en el agua y cipermetrina y trifluralina en el suelo, tres compuestos considerados desechos prohibidos según la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.

Por este motivo, Di Lello solicitó al Juzgado Federal de San Nicolás las indagatorias. “El cúmulo probatorio que acredita la materialidad de los hechos y las eventuales responsabilidades de los imputados, sin fundamento e invocando condiciones inválidas, no es más que un rechazo tácito a lo peticionado y constituye un sobreseimiento ficto de los imputados de autos, en los términos del artículo 336 del CPPN, que frustra irremediablemente los fines de este proceso”, señaló el funcionario.

La explosión en Atanor

El acceso a la empresa agroquímica

En el mes de marzo del año siguiente, se produjeron una serie de explosiones durante la madrugada en la empresa en cuestión. “Se produjo un incremento de presión en el proceso de síntesis química de atrazina que generó la ruptura de la tapa del reactor afectado al proceso. Esto dio origen a un incendio en el sector de aminación de la planta, que requirió la intervención de los bomberos de San Nicolás y Ramallo, quienes prontamente pudieron controlar el foco”, explicó Atanor en un comunicado.

“No se dan una idea lo que fue correr a la madrugada con eso tóxico en el aire los ojos hinchados llorosos se cortaba la respiración, un asco”, denunció un vecino de la planta. Debido a la liberación brusca de presión, se generó una emanación de gases propios del proceso productivo y luego, como consecuencia del incendio, se generaron gases de combustión. Por el siniestro, alertaron por el riesgo de intoxicación.